Sectores productivos alertan sobre incumplimientos a fallo de la Corte tras archivo de ley de protección animal

Sectores productivos alertan sobre incumplimientos a fallo de la Corte tras archivo de ley de protección animal

Un posible incumplimiento de la sentencia de la Corte Constitucional y violaciones de procedimiento parlamentario son dos cosas que analizan los gremios y las asociaciones de la cadena de producción tras la decisión de la Asamblea Nacional de archivar el proyecto de Ley de Protección de los Derechos de los Animales.

La Asamblea Nacional, con 143 votos, el 10 de junio de 2025 archivó el proyecto que surgió tras la sentencia de la Corte Constitucional del año 2022 en torno a la protección y bienestar animal, donde dispuso a la Defensoría del Pueblo elaborar un proyecto y a la Asamblea Nacional aprobar la ley en un plazo de dos años.

Avelina Ponce, asesora legal de los centros agrícolas y productores, señaló que este sector analiza la situación tras el archivo del proyecto, e incluso esperan conocer la consulta que hará el Parlamento a la Corte Constitucional para que se otorgue un plazo adicional para aprobar el proyecto dispuesto por sentencia.

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El plazo para que la Asamblea aprobara la ley venció en agosto de 2024, lo cual podría conllevar un incumplimiento, porque la sentencia mandaba aprobar y no archivar el proyecto elaborado por la Defensoría del Pueblo y modificado durante los dos debates, afirmó Ponce.

La representante legal comentó que esperarán el pronunciamiento de la Corte Constitucional, pero adelantó que el sector productivo está dispuesto a presentar un nuevo proyecto de ley respetando la sentencia de la Corte, protegiendo al sector productivo y a la ciudadanía, la identidad nacional, a la ruralidad y al empleo.

Del proyecto que fue archivado rescatan el hecho de establecer claramente que los derechos de los animales no son equiparables a los derechos humanos. Además, la garantía del acceso a la alimentación, que la soberanía alimentaria está por sobre los derechos de los animales, como pretendía incumplir el proyecto inicial restringiendo la producción de proteína animal.

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También rescatan que el proyecto tenía claridad en cuanto a las competencias de las distintas autoridades respecto de cada especie animal, con lo cual se cerraba las puertas a una sobrerregulación o que los Gobiernos autónomos descentralizados y el Ministerio de Agricultura o de la Producción regulen y sancionen a una misma categoría de animales, lo que garantizaba la seguridad jurídica.

Violaciones e incumplimientos

Según Avelina Ponce, la mesa de Biodiversidad, presidida por la legisladora Camila León (ADN), cometió varias violaciones de procedimiento, como el contemplado en el artículo 61 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, pues en el anterior periodo legislativo durante el segundo debate se hicieron observaciones al proyecto y se pidió suspender la sesión hasta recoger las observaciones.

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Sin embargo, la actual comisión votó en contra de un informe que había sido votado en la anterior comisión y no analizó las observaciones realizadas en el segundo debate. Hasta el momento no se sabe qué informe se votó, si se incluyeron o no ciertas modificaciones, siendo una obligación de la presidenta de la comisión señalar las observaciones y fundamentar cuáles fueron incorporadas y cuáles rechazadas. Ahí ya hay una violación al procedimiento legislativo, apuntó.

Ya en el pleno, la asambleísta León no expuso los artículos o qué preceptos contenía la ley trabajada en el anterior periodo por una mesa presidida por un legislador de ADN, con la participación de los ministerios de Agricultura, Producción, Ambiente y del Gobierno, añadió.

Lo que acaban de archivar fue un proyecto que salió también del Gobierno, analizando la sentencia de la Corte y asegurando que cumple todas las exigencias de la Corte. Primero, reconocer a los animales como sujetos de derecho distintos a los seres humanos y, a partir de eso, desarrollar sus derechos de acuerdo con las necesidades específicas de cada especie, que es también lo que manda la Corte, comentó la representante legal.

La otra arista es que se configuró un incumplimiento de la sentencia de la Corte Constitucional por parte de la Asamblea Nacional, porque los jueces no dieron a la Asamblea la facultad de archivar, sino que la orden era aprobar una ley, según el gremio.

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En todo caso, si el Legislativo pretendía elevar una consulta a la Corte Constitucional sobre algún aspecto de la sentencia, como pedir un nuevo plazo, podría haber suspendido el tratamiento, pero no archivar el proyecto de iniciativa de la Defensoría del Pueblo, afirmó Ponce.

La Corte también observará la acción de seguimiento que, en octubre de 2024, el grupo animalista ingresó en contra de la Asamblea Nacional de la sentencia 253-20-JH/22, donde solicita “que, de ser el caso, en atención a lo determinado en el artículo 436, numeral 10, de la Constitución de la República, la Corte Constitucional considere, de manera provisional, expedir la normativa conforme las disposiciones, parámetros y criterios mínimos establecidos en la sentencia…”.

Los gremios y las asociaciones de la cadena de producción esperarán el pronunciamiento de la Corte respecto al trámite legislativo de esta norma, subrayó Avelina Ponce. (I)